domingo, 11 de abril de 2010

ANALISIS DE LAS METODOLOGIAS FISCALES Y FINANCIERAS PARA EL AJUSTE POR INFLACION ESTABLECIDAS EN LA LEY DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y LA DECLARACION DE

Acorde a la investigación presentada por el Lic. Víctor Molina en diciembre del 2006, destaca que Venezuela no escapa de ser un país con economía inflacionaria, por tanto los estados financieros de las organizaciones no están exentos de los efectos de la inflación; por tanto la implementación de metodologías que permitan medir la perdida del poder adquisitivo del dinero, hace que los estado financieros sean una herramienta muy importante para conocer la situación actualizada de la empresa, es por ello que al no ajustar algunas partidas, se crea distorsión de la información que se desea presentar para la toma de decisiones; con el fin de evitar esta situación la Federación de Colegios de Contadores Públicos promulga el 23 de agosto de 1992, la declaración de principio de contabilidad Nº10 (DPC 10), sustentada en la norma internacional de información financiera Nº 29 (NIIF 29) , que tiene por objeto la incorporación de los efectos de la inflación en los estados financieros de manera obligatoria. A fines fiscales es importante señalar como la inflación repercute en la renta gravada del contribuyente, por tanto si no se tomara en cuenta el análisis de la inflación para calcular la base real del pago de los impuesto, se estaría cancelando algo iluso e irreal, donde los montos arrojados no expresarían la base real del tributo; en 1991 el gobierno nacional de Venezuela, a través de la ley de impuesto sobre la renta, establece el ajuste por inflación fiscal.A fin de cumplir con el principio de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela, donde estipula que en el caso de que existan factores que afecten las cifras contables se debe aplicar el correspondiente ajuste, que garanticen la objetividad y equidad de los estados Financieros; Es por ello que al momento de presentar la información financiera a los accionistas esta debe ser concordante con la realidad de la situación de la entidad, así como también al momento de cancelar el impuesto ante el estado, los estados financieros deben representar la renta real gravada del contribuyente a fin de que no existen discrepancias; Ambas metodologías como la financiera y la fiscal en su fundamento básico tienen la finalidad de ajustar los efectos producente de pérdida del poder adquisitivo, pero en cada una de ellas los calculos y montos actualzados suelen ser distintos.

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